El pasado 4 de septiembre el Ministerio de Salud y Protección Social emitió la Resolución 1811 por medio de la cual se reglamenta el uso de equipos generadores de radiación ionizante, la prestación de servicios de protección radiológica y control de calidad y se dictan otras disposiciones; derogando la Resolución 482 de 2018.

Esta nueva reglamentación para servicios que manejen equipos generadores de emisión ionizantes, tiene origen en los lineamientos internacionales actuales emitidos por el Organismo Internacional de Energía Atómica – OIEA.
La resolución define los requerimientos para otorgar la licencia para prestación de servicios de protección radiológica y control de calidad, estableciendo también los requisitos y funciones del Director técnico. Adicionalmente categoriza las prácticas médicas e industriales, veterinarias o de investigación en relación con el uso de equipos generadores de emisión ionizante y se establecen los requerimientos para cada una. Adicionalmente contiene las definiciones relacionadas con la temática, como, por ejemplo:
- Licencia de práctica veterinaria, industrial o de investigación. Acto administrativo que expide la secretaría de salud departamental o distrital de la jurisdicción en la que se encuentre la instalación, a través del cual se faculta al titular de esta licencia a hacer uso de equipos generadores de radiación ionizante en prácticas veterinarias, industriales o de investigación, durante un período determinado, previo al cumplimiento de los requisitos a que refiere el Capítulo IV de esta resolución.
- Licencia para la prestación de servicios de protección radiológica y control de calidad. Acto administrativo que expide la secretaría de salud departamental o distrital de la jurisdicción en la que se encuentre la instalación, mediante el cual se otorga licencia a la persona natural o jurídica solicitante para que preste a nivel nacional los servicios de protección radiológica y control de calidad a los equipos generadores de radiación ionizante durante un período determinado, previo cumplimiento de los requisitos a que alude el Capítulo II de esta resolución.
Finalmente, establece la transitoriedad especificando que las licencias emitidas con la anterior resolución serán vigentes hasta su vencimiento; dos años posterior a la emisión de la Resolución 1811 de 2025 será exigible el curso de formación en protección radiológica y tanto las solicitudes en trámite como las nuevas solicitudes para obtención o renovación de licencias de funcionamiento para uso de equipos generadores de radiación ionizante deberán adelantarse con la nueva resolución.
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REDACTADO POR CONSULTORÍA A CLIENTES
08 de septiembre de 2025